Se aprueba en Senado la #LeyOlimpia

El pleno del Senado aprobó por unanimidad un dictamen que reforma y adiciona el Código Penal Federal (CPF) y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) en materia de violencia digital, conocida popularmente como #LeyOlimpia.

La Red por la Defensa de los Derechos Digitales se manifestó en contra.

Lamentó que el aval a dicho dictamen se realizara sin considerar las críticas y propuestas vertidas desde diferentes organizaciones de la sociedad civil.

Hemos señalado en repetidas ocasiones que la reforma propuesta se centra de forma exclusiva en medidas punitivas, desestimando la dimensión social del fenómeno de la violencia digital contra las mujeres y exponiendo a las personas afectadas a procesos de revictimización

La Red por la Defensa de los Derechos Digitales hizo los siguientes comentarios:

A. Las medidas de protección referidas generan incertidumbre jurídica, al no estar previstas únicamente respecto del delito relacionado a la difusión de contenido sexual sin consentimiento de la víctima, sino que se contemplan respecto de conceptos amplios y ambiguos como el de “violencia mediática”

B. Las medidas únicamente se encuentran contempladas respecto de los proveedores de servicios en línea en los que está alojado el contenido, sin contemplar otros proveedores que, sin alojar el contenido, podrían difundirlo o enlazar al mismo.

C. El mecanismo previsto no ofrece garantías contra la pérdida de evidencia que la eliminación del contenido alojado puede producir.

D. El dictamen omite establecer medidas de acompañamiento a víctimas.

La ley aprobada castiga hasta con seis años de prisión a quienes violen la intimidad sexual de otra persona al divulgar, compartir, distribuir o publicar imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual sin su consentimiento, su aprobación o su autorización, y hasta nueve años si se trata de parejas, exparejas, familiares o amigos de las víctimas.

También se crea el concepto de violencia mediática, que es “todo acto a través de cualquier medio de comunicación, que de manera directa o indirecta, promueva estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres y las niñas, produzca o permita la producción y difusión de discursos de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, que cause daño a las mujeres y niñas de tipo sicológico, sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida”.

 

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