Estas son las actividades que no se deberán detener ante la contingencia

1. Las que de manera directa son necesarias para atender la emergencia sanitaria; como son las actividades laborales de la rama médica; paramédica y administrativa. Así como la de apoyo en todo el sector salud, tanto en el campo público como privado.

2. Las que involucran la seguridad pública y la protección ciudadana, además de en la defensa de la integridad y soberanías nacionales. La procuración e impartición de justicia, así como la actividad legislativa tanto del nivel federal como del nivel estatal.

3. Aquellos sectores que se consideran esenciales para el funcionamiento fundamental de la economía.

  • Sector financiero
  • Recaudación tributaria (el SAT y todas sus operaciones permanecen)
  • Distribución y venta de energéticos, gasolineras y gas
  • Generación y distribución de agua potable
  • Industria de alimentos y bebidas no alcohólicas
  • Mercados de alimentos
  • Supermercados
  • Tiendas de autoservicio
  • Abarrotes y venta de alimentos preparados
  • Servicios de transporte de pasajeros y carga
  • Producción agrícola, pesquera y pecuaria
  • Agroindustria
  • Industria química
  • Productos de limpieza
  • Ferreterías
  • Servicios de mensajería
  • Guardias y labores de seguridad privada
  • Guarderías y estancias infantiles
  • Instancias para personas de la tercera edad
  • Refugios y centros de atención para mujeres víctimas de violencia, sus hijos y sus hijas
  • Telecomunicaciones y medios de información
  • Servicios privados de emergencia, servicios funerarios y de inhumación
  • De almacenamiento y cadena de enfrío de insumos esenciales
  • Logística (aeropuertos, puertos y ferrocarriles).
  • Así como actividades cuya suspensión pueda tener efectos irreversibles para su continuación.

4. La operación de los programas sociales del gobierno.

5. Conservación y mantenimiento de la infraestructura crítica, que asegura la producción y distribución de los servicios indispensables como: agua potable, energía, gas, petróleo, gasolina, turbosina, saneamiento básico, transporte público, infraestructura hospitalaria y médica de primer nivel, entre otras.

En todos los sectores que han sido definidos como esenciales y por lo tanto que no paran, se deberá aplicar de manera obligatoria lo siguiente:

  • No realizar reuniones o congregaciones de más de 50 personas.
  • Lavado frecuente de manos.
  • Estornudar y toser aplicando la etiqueta respiratoria.
  • Saludo a distancia.
  • Y acatar las medidas de sana distancia vigentes y emitidas por la Secretaría de la Salud en lo que se ha denominado la Jornada Nacional de Sana Distancia.

Las autoridades reiteran que si no se pertenece o se labora dentro de los grupos de actividades esenciales se evite salir fuera de casa, esto como medida para lograr alentar la propagación del coronavirus Covid-19 que hasta la noche del lunes había provocado 28 muertes e infectado a 1,094 personas en el territorio mexicano.

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