Estas son las actividades que no se deberán detener ante la contingencia
1. Las que de manera directa son necesarias para atender la emergencia sanitaria; como son las actividades laborales de la rama médica; paramédica y administrativa. Así como la de apoyo en todo el sector salud, tanto en el campo público como privado.
2. Las que involucran la seguridad pública y la protección ciudadana, además de en la defensa de la integridad y soberanías nacionales. La procuración e impartición de justicia, así como la actividad legislativa tanto del nivel federal como del nivel estatal.
3. Aquellos sectores que se consideran esenciales para el funcionamiento fundamental de la economía.
- Sector financiero
- Recaudación tributaria (el SAT y todas sus operaciones permanecen)
- Distribución y venta de energéticos, gasolineras y gas
- Generación y distribución de agua potable
- Industria de alimentos y bebidas no alcohólicas
- Mercados de alimentos
- Supermercados
- Tiendas de autoservicio
- Abarrotes y venta de alimentos preparados
- Servicios de transporte de pasajeros y carga
- Producción agrícola, pesquera y pecuaria
- Agroindustria
- Industria química
- Productos de limpieza
- Ferreterías
- Servicios de mensajería
- Guardias y labores de seguridad privada
- Guarderías y estancias infantiles
- Instancias para personas de la tercera edad
- Refugios y centros de atención para mujeres víctimas de violencia, sus hijos y sus hijas
- Telecomunicaciones y medios de información
- Servicios privados de emergencia, servicios funerarios y de inhumación
- De almacenamiento y cadena de enfrío de insumos esenciales
- Logística (aeropuertos, puertos y ferrocarriles).
- Así como actividades cuya suspensión pueda tener efectos irreversibles para su continuación.
4. La operación de los programas sociales del gobierno.
5. Conservación y mantenimiento de la infraestructura crítica, que asegura la producción y distribución de los servicios indispensables como: agua potable, energía, gas, petróleo, gasolina, turbosina, saneamiento básico, transporte público, infraestructura hospitalaria y médica de primer nivel, entre otras.
En todos los sectores que han sido definidos como esenciales y por lo tanto que no paran, se deberá aplicar de manera obligatoria lo siguiente:
- No realizar reuniones o congregaciones de más de 50 personas.
- Lavado frecuente de manos.
- Estornudar y toser aplicando la etiqueta respiratoria.
- Saludo a distancia.
- Y acatar las medidas de sana distancia vigentes y emitidas por la Secretaría de la Salud en lo que se ha denominado la Jornada Nacional de Sana Distancia.
Las autoridades reiteran que si no se pertenece o se labora dentro de los grupos de actividades esenciales se evite salir fuera de casa, esto como medida para lograr alentar la propagación del coronavirus Covid-19 que hasta la noche del lunes había provocado 28 muertes e infectado a 1,094 personas en el territorio mexicano.