AMLO es amonestado por la TEPJF
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la amonestación pública al presidente Andrés Manuel López Obrador por no eliminar expresiones que realizó en la conferencia matutina, conocida como “mañanera”, del 27 de marzo de este año.
Con los votos en contra de los magistrados Mónica Soto Fregoso e Indalfer Infante, el Tribunal confirmó el acuerdo de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) en el que amonestó al mandatario por incumplir con la medida cautelar, que consistía en eliminar los extractos de la conferencia mañanera del 27 de marzo.
En dicha “mañanera” el presidente llamó a votar por Morena y rechazó a los partidos de oposición. En esa ocasión López Obrador dijo: “Ahora hay un ‘plan C’, que no estén pensando que se terminó todo, pues que no se voté por el bloque conservador para que siga la transformación. Ni un voto a los conservadores, sí a la transformación. Ese es el ‘plan C’. Ya lo aplicamos en 2018, fue el pueblo quien dijo ‘basta’ y se inició la transformación”.
Por ello, el INE le había ordenado al presidente que eliminara cierto contenido de la conferencia mencionada, al considerar que podía tener un impacto en las elecciones del Estado de México y de Coahuila.
Sin embargo, no se ha cumplido con la orden del INE, pues dichas declaraciones siguen siendo visibles en la videograbación del Resumen de las conferencias matutinas del 27 al 31 de marzo de 2023, por lo que la autoridad electoral administrativa consideró que se había incumplido con lo ordenado y amonestó al mandatario federal.
Esto llevó a que la Consejería Jurídica del Ejecutivo se inconformara con las determinación al considerar que el INE actuó de forma arbitraria y lo impugnó ante el Tribunal Electoral.
No obstante, a propuesta del magistrado presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón, el TEPJF confirmó la decisión del INE, pues consideró que éste sí puede verificar el cumplimiento de las medidas cautelares ordenadas e imponer las sanciones.
Además, se concluyó que la amonestación pública impuesta por el INE fue correcta, pues la responsable valoró correctamente las documentales ofrecidas y determinó que los materiales seguían visibles.