Según información de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) hay 6 tarjetas de crédito que califica como reprobadas.
Para este producto el usuario firma un contrato de crédito en cuenta corriente, en donde la Institución Financiera otorga una línea de crédito revolvente, es decir, el usuario utiliza el crédito y realiza pagos, liberando la línea de crédito para que, en caso de necesitar, la pueda volver a utilizar y así sucesivamente.
Los resultados de las 15 Instituciones Financieras evaluadas son los siguientes:
Destaca American Express Bank, Banco Regional, Scotiabank y BanCoppel que a pesar de que tuvieron muy buenas calificaciones desde la primera revisión, realizaron todos los cambios que ordenó esta Comisión Nacional y obtuvieron la máxima calificación de 10.
Otras instituciones tuvieron calificaciones reprobatorias en la primera revisión, como Afirme con 5.1, Banorte con 2.8, y Sofom Inbursa con 4.6, sin embargo, realizaron los cambios ordenados y obtuvieron calificaciones de 10, 10, y 8.8 respectivamente.
Los principales razones por las que fueron reprobadas son:
- Contrato de Adhesión
- • No contiene el concepto y el monto o método de cálculo de las comisiones, ni señala el lugar donde pueden consultarse.
- • No indican el procedimiento de modificación.
- • No indican la disminución de la línea de crédito.
- • No cuentan con la información de la normatividad vigente.
- Carátula
- • No contiene el CAT personalizado de conformidad con las características específicas de la operación.
- • No indica el concepto y monto o método de cálculo de las comisiones relevantes y cláusula.
- Estado de Cuenta
- • No señala el CAT con valor personalizado expresado en términos porcentuales y anuales.
- • No indica las tasas de interés ordinaria y moratoria en términos anuales y en porcentaje.
- • No indica el Pago Mínimo más la parte exigible de las promociones sin intereses o al pago fijo.
- Folleto Informativo
- • No incluye un listado vigente donde se establezca claramente el concepto, monto o método de cálculo y la periodicidad de cobro de todas las comisiones.
- • La información no es congruente con la plasmada en el contrato.
- • No indica las modalidades de contratación del producto.
- Página de Internet
- • No indica el concepto, monto o método de cálculo y periodicidad de las comisiones.
- • No indica la tasa de interés en términos anuales, simples y en porcentaje.
- • No señala las tasas de interés de forma resaltada.
- Publicidad
- • No señala la tasa de interés expresada en términos anuales, simples y en porcentaje. (Solo si hace referencia)
- • No señala el concepto de las comisiones.
- • La información no es congruente con la señalada en el contrato.