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Morena prepara paquete de reformas para censurar el uso de internet

El Presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Senadores, Ricardo Monreal, anunció que en los próximos días buscará la aprobación de diversas reformas derivadas de la implementación del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (TMEC).

Estas modificaciones incluyen reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor y al Código Penal Federal y afectarían en al menos dos grandes rubros:

  1. La iniciativa de reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor pretende establecer un mecanismo privado de censura en Internet conocido como “notificación y retirada”, el cual obliga a los proveedores de servicios de Internet a remover cualquier publicación o contenido de sus usuarios cuando una persona alegue que se violan sus derechos de autor, sin necesidad de aportar prueba alguna de dicha infracción y sin que una autoridad judicial lo ordene tras un juicio que respete las garantías del debido proceso. Esto permitiría bajar de la red cualquier contenido protegido bajo derecho de autor incluso para la crítica o la reseña, lo cual viola el principio de la libertad de expresión.
  2. Por otro lado, la iniciativa de reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor y al Código Penal Federal contempla hasta 10 años de prisión por eludir “medidas tecnológicas de protección”. Con este punto, cualquier violación de un candado digital impuesto por un fabricante o un desarrollador de hardware y software sería un crimen meritorio de prisión.

Ante esto, en redes sociales ha surgido el movimiento #NiCensuraNiCandados, propuesto por el sitio de activistas a favor de la libertad de expresión Artículo 19

La reforma además plantea multas de hasta 22 mil UMAS o 1,911,360 pesos.

» Artículo 230.- Las infracciones en materia de derechos de autor serán sancionadas por el Instituto con arreglo a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento

Administrativo con multa:

  1. De ocho mil hasta veintidós mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en los casos previstos en las fracciones I, II, III, IV, XI, XII, XIII y XIV del artículo anterior, y
  2. De mil quinientos hasta ocho mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en los demás casos previstos en el artículo anterior.

Algunos de los contenidos que podrían censurarse de internet bajo la protección de los derechos de autor serían:

Puedes encontrar la propuesta completa en la siguiente liga

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