Este lunes la Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó los “Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral” que tienen como objetivo garantizar la seguridad de los trabajadores, una vez que empiece el regreso a las actividades.
Dichos lineamientos se derivan de los Acuerdos publicados en el Diario Oficial de la Federación los días 14 y 15 mayo, respectivamente, en relación con la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas.
Destaca que los empresarios deberán proveer de materia de protección a los trabajadores que tienen funciones de atención al público.
Con el fin de evitar el riesgo de contagio de COVID-19, las personas empleadoras deberán distribuir entre la población trabajadora con funciones de atención al público al menos el siguiente equipo:
1. Cubre bocas (3), de preferencia que sea lavable a fin de ser empáticos con el medio ambiente (capacitar sobre su limpieza y reemplazo), y
2. Protector facial o goggles o lentes de seguridad con protección lateral, superior e inferior de ojos.
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